Nuevas Reglas Éticas para el Marketing Farmacéutico Norteamericano


17/07/2008

Habiendo estado bajo presión considerable por su manera de presentar los fármacos a los médicos y con varios sectores de la legislación controlando sus actividades, la industria farmacéutica norteamericana ha planteado sus propias restricciones. Éstas han sido bien aceptadas por las farmacéuticas, hasta tal punto que un número importante de ellas ha emitido declaraciones a la prensa en su apoyo.

Específicamente, Pharmaceutical Research and Manufacturers of America (PhRMA), ha emitido un Código de Marketing que dice ser parte de un esfuerzo para asegurar que las prácticas de marketing farmacéuticas cumplan con los más altos estándares éticos. Entre los cambios de dicho Código cabe destacar:

– prohíbe la distribución de objetos no educacionales (por ejemplo, lapiceros, vasos y otros objetos ‘de recuerdo’ que lleven el logo de la compañía o el producto) a los proveedores de atención sanitaria y su staff. El Código es consciente que tales objetos, aún de mínimo valor, “pueden promover malas interpretaciones” de que las interacciones con los profesionales de atención sanitaria “no están basadas en informarlos acerca de asuntos médicos y científicos”;

– prohíbe a los representantes de ventas de la compañía ofrecer comidas en restaurantes a los profesionales de atención sanitaria, pero les permite ofrecer comidas ocasionales en la oficina del profesional si va acompañada de una presentación comercial. El Código también reafirma y fortalece las declaraciones previas de que las compañías no deben ofrecer ningún entretenimiento o beneficios recreativos a los profesionales de atención sanitaria;

– incluye nuevas cláusulas que obligan a los fabricantes de fármacos a asegurar que sus representantes están lo suficientemente formados acerca de las leyes, regulaciones y códigos de práctica de la industria aplicables -incluyendo este Código- en lo que a interacciones con los profesionales de atención sanitaria se refiere. También se solicita a las compañías que evalúen a sus representantes periódicamente y que tomen las medidas apropiadas si ellos no cumplen con los estándares de conducta relevantes; y

– provee que cada compañía declare sus intenciones de cumplir con el Código y que los jefes ejecutivos y personas a su cargo certificarán cada año que tienen procedimientos vigentes para acatarlo. Los fabricantes de fármacos también deben obtener una verificación externa periódica que asegure que tienen procedimientos vigentes para fomentar el cumplimiento del código

 

 

 

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